El Pleno del Congreso ha rechazado convalidar el Real Decreto-ley 8/2026 que permitía prorrogar los contratos de alquiler hasta dos años más con un tope del 2% en la actualización anual de la renta. La votación, celebrada este lunes 28 de abril, deja en el aire la situación de miles de inquilinos en toda España y abre un escenario de inseguridad jurídica también para los contratos vigentes en Granada.
Las dudas se acumulan: quién mantiene el derecho a la prórroga del alquiler, qué pasa con los contratos que vencen en los próximos meses y qué margen real tienen los inquilinos en una capital donde la oferta de alquiler en Granada sigue muy ajustada. Estas son las claves.
Qué decía el Real Decreto-ley 8/2026
El RDL 8/2026, impulsado por Sumar, entró en vigor el 22 de marzo de 2026 tras su publicación en el BOE. La norma permitía a los inquilinos solicitar una prórroga extraordinaria de hasta dos años en aquellos contratos que finalizasen antes del 31 de diciembre de 2027. Durante esa prórroga, la actualización anual de la renta no podía superar el 2 %, con independencia del IPC.
La medida estaba pensada como un colchón temporal para frenar el impacto del fin de los contratos firmados durante el último ciclo alcista del alquiler.
Por qué se ha rechazado
El decreto no ha conseguido la convalidación parlamentaria por 177 votos en contra de PP, Vox y Junts. UPN también votó en contra y el PNV se abstuvo. El resto del hemiciclo, incluido el PSOE con 166 votos, votó a favor.
La consecuencia directa es que el RDL queda sin efecto desde la publicación de la derogación en el BOE. Sus efectos legales se limitan al periodo en que ha estado vigente: del 22 de marzo al 28 de abril de 2026.
Qué pasa con los contratos en Granada según la fecha de vencimiento
Aquí está la clave práctica. Los abogados consultados por Idealista distinguen tres situaciones, según ha publicado este medio:
- Contratos vencidos durante la vigencia del RDL (entre el 22 de marzo y el 28 de abril): si el inquilino solicitó formalmente la prórroga durante ese periodo, el propietario está obligado a aceptarla. No hace falta una nueva contestación.
- Contratos cuyo vencimiento es posterior al 28 de abril, con prórroga ya aceptada por el propietario: la prórroga sigue vigente como acuerdo entre las partes, aunque la norma haya caído.
- Contratos cuyo vencimiento es posterior al 28 de abril, sin aceptación expresa del propietario: no podrán acogerse a la prórroga extraordinaria, aunque el inquilino la hubiera solicitado durante la vigencia del decreto.
La tesis jurídica que recogen los despachos consultados es que, hasta la convalidación, el inquilino solo tenía una expectativa de derecho, no un derecho consolidado. Al decaer la norma, esa expectativa se extingue para los contratos que vencen después.
Qué hacer si tu contrato de alquiler vence en los próximos meses
Las recomendaciones generales para inquilinos en Granada con un contrato a punto de vencer:
- Revisar la fecha exacta de finalización del contrato actual y si está en alguna de las prórrogas legales previstas en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
- Comprobar si en su día se solicitó por escrito la prórroga extraordinaria y si el propietario la aceptó.
- Negociar con el propietario antes del vencimiento, especialmente si el contrato es ya antiguo y la subida de mercado puede ser notable.
- Conservar todas las comunicaciones por escrito, incluido el burofax si lo hubo, que acrediten la voluntad de continuar en la vivienda.
- Buscar asesoramiento jurídico antes de tomar decisiones drásticas, sobre todo si hay desacuerdo con el propietario.
Impacto en el mercado del alquiler granadino
La caída del decreto llega en un contexto delicado. Granada no ha sido declarada zona de mercado residencial tensionado por la Junta de Andalucía, por lo que las medidas previstas en la Ley 12/2023 para zonas tensionadas —topes a la actualización para grandes tenedores y limitaciones en nuevos contratos— tampoco son aplicables aquí.
A esto se suma una oferta de alquiler residencial muy ajustada y una presión turística creciente. Cualquier salida masiva al mercado de contratos no prorrogados puede tensionar aún más una oferta ya escasa, sobre todo en barrios con fuerte demanda como el centro, el Realejo o Zaidín.
Qué se espera ahora
El portavoz de idealista, Francisco Iñareta, advierte de que el ruido provocado incide aún más en la desconfianza de propietarios e inversores en las reglas de juego, aumentando la inseguridad jurídica. La Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FAI) ha pedido al Gobierno que aclare oficialmente, con urgencia y por escrito, los efectos jurídicos derivados de la caída del decreto.
Mientras se despeja el escenario normativo, la recomendación general es no improvisar y revisar cada contrato caso por caso, idealmente con asesoramiento jurídico. La caída del RDL devuelve la regulación del alquiler en Granada al marco ordinario de la LAU.

Comentarios